ITE Coruña

ITE .- INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS

¿Qué es una Inspección Técnica del Edificio I.T.E.?

La Inspección Técnica del Edificios (en adelante ITE) es una inspección obligatoria que deberán pasar todos los edificios en función de su antigüedad y con independencia del uso al que sean destinados, que estudia y evalúa el estado general de conservación de los edificios y construcciones para comprobar que las condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro, se cumplen.

¿Quién está obligado a pasar la I.T.E?

A todos los PROPIETARIOS/AS, personas físicas o jurídicas titulares de cualquier tipo de bien inmueble (viviendas, oficinas, fábricas, etc.), tienen la obligación de cumplir la ITE. Se exceptúan las edificaciones declaradas en situación de ruina por resolución firme y las sometidas a expediente contradictorio de ruina.

En caso de viviendas o locales integrados en comunidades de propietarios, el deber de inspección corresponde a la propia comunidad.

ite-coruna-1

¿Quién se beneficia de la I.T.E?

Con esta Inspección se obtienen beneficios de seguridad, habitabilidad, funcionalidad y economía además de:

  • Valoración de la propiedad.
  • Mejora la seguridad del edificio.
  • Acometer actuaciones que solucionen pequeños problemas que eran fuentes continuas de derramas.
  • Mejorar las condiciones ambientales del espacio urbano de las ciudades.

¿Qué partes del edificio se inspeccionan?

La inspección realizada deberá contener información relativa a la seguridad, estabilidad, estanqueidad y consolidación estructurales, así como todo lo que afecte a las condiciones de habitabilidad de los edificios y construcciones vinculadas a los mismos. La inspección hará referencia a los siguientes aspectos:

  • Estado de la cimentación y estructura.
  • Estado de las fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros elementos que puedan suponer un peligro para las personas.
  • Estado de cubiertas y azoteas.
  • Estado de las instalaciones generales (electricidad, fontanería, calefacción, saneamiento, etc…).
  • Evaluación de la adecuación de los inmuebles a las condiciones de supresión de barreas arquitectónicas, accesibilidad, salubridad y ornato público.

¿Cuándo se pasa la inspección técnica del edificio?

La Ley 9/2002, del 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia, establece que todas las ordenanzas municipales albergarán las edificaciones que estén sujetas a la ITE en función de su antigüedad, incluyendo las edificaciones catalogadas o de antigüedad superior a 50 años.

Según la normativa municipal de cada Ayuntamiento, están sujetos a inspección todos los inmuebles inscritos en el Registro de Edificios o ITE, que a corto y a largo plazo englobará las edificaciones incluidas en los Planes Especial de Protección, Rehabilitación y Reforma, y en el Plan General de Ordenación Municipal y/o aquellas que superen cierta antigüedad desde su construcción u obra de rehabilitación equivalente.

En la tabla siguiente se indica por municipio cuando un edificio tendrá que pasar la ITE en función de su antigüedad y con qué periodicidad deberá renovarse dicha inspección:

A Coruña A Coruña 40 años Cada 10 años
Oleiros 50 años Cada 10 años
Santiago de Compostela 40 años Cada 10 años
Culleredo 50 años Cada 10 años
Ferrol 50 años Cada 10 años
Pontevedra Cangas 30 años Cada 10 años
Vigo 30 años Cada 10 años
Vilagarcía de Arousa 10 años Cada 05 años
Lugo Lugo 30 años Cada 10 años
Ribadeo 50 años Cada 10 años
Mondoñedo 50 años Cada 10 años
Ourense Ourense 30 años Cada 10 años

Provincia

Municipio

Primera Inspección I.T.E.

Inspecciones Sucesivas

 

Pídanos presupuesto sin ningún compromiso !!

ITE2 ITE3 ITE4