IEE Coruña

IEE .- INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIO

¿Qué es un Informe de Evaluación del Edificio IEE?

El Informe de Evaluación de los Edificios (en adelante IEE) es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios, al menos en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética. La Administración urbanística puede requerírselo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva, según un calendario establecido.

Para evitar duplicidades -cuando el inmueble haya pasado la ITE- sólo será preciso complementar el nuevo informe con la parte referida al certificado de eficiencia energética.

De forma genérica podemos identificar el IEE como:

 

Informe Evaluación del Edificio I.E.E.

=

Inspección técnica del Edificio (I.T.E.)

+

Certificado de Eficiencia Energética

 

¿Quién está obligado a tener el IEE?

iee entremurosSegún el artículo 4 de la Ley 8/2013, están obligados los propietarios de inmuebles ubicados en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan una antigüedad superior a los 50 años. Según el artículo 2, apartado 6 de esta Ley, se entiende por edificio de tipología residencial de vivienda colectiva:...“el compuesto por más de una vivienda, sin perjuicio de que pueda contener, de manera simultánea, otros usos distintos del residencial. Con carácter asimilado se entiende incluida en esta tipología, el edificio destinado a ser ocupado o habitado por un grupo de personas que, sin constituir núcleo familiar, compartan servicios y se sometan a un régimen común, tales como hoteles o residencias”. En principio, y salvo que así lo exija la normativa autonómica o municipal, están excluidas por tanto las viviendas unifamiliares.

También están obligados a realizar el IEE los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.

¿Qué contenido tiene el IEE?

El IEE debe identificar el bien inmueble y contener, de manera detallada:

  1. La evaluación del estado de conservación del edificio (anteriormente ITE).
  2. La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio.
  3. La certificación de la eficiencia energética del edificio.