Multas a Inmuebles sin Certificado Energético !!
Llegan las multas a los inmuebles que no cuenten con un certificado energético, según resolución de 30 de diciembre de 2015 por la que se establece el Plan de inspecciones en materia de certificación energética de edificios para el año 2016, que entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia el 26 de enero de 2016.
El Real decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de los edificios, regula en sus artículos 9 y 10 el control de los certificados de eficiencia energética, así como la inspección para la comprobación y vigilancia del cumplimiento de la obligación de la certificación de eficiencia energética de edificios, correspondiendo estas actuaciones a los órganos competentes de cada comunidad autónoma.
Este control técnico deberá permitir comprobar la validez del resultado de la calificación de eficiencia energética indicada en el certificado y en estas tareas podrán participar los agentes autorizados tal y como prevé el artículo 9 del procedimiento básico aprobado por el Real Decreto 235/2013.
El incumplimiento de los preceptos contenidos en este procedimiento básico, se considerará en todo caso como infracción en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en las normas de rango legal que resulten de aplicación.