Gestiones catastrales

MODELO 901N. Tiene obligación de declarar ante el Catastro Inmobiliario si se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:

  • Ha adquirido la propiedad de un inmueble (compra, herencia, donación…).
  • Ha consolidado la propiedad de un inmueble (por extinción del derecho de usufructo de terceros sobre su inmueble).
  • Ha constituido, modificado o adquirido un derecho real de:

-Usufructo.

-Superficie.

-Concesión administrativa.

  • Ha constituido a favor de un tercero sobre el inmueble otro derecho real de disfrute, distinto de los anteriores, sometido a imputación de rentas inmobiliarias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Ha variado:

-La cuota de participación de la comunidad o entidad sin personalidad jurídica sobre el inmueble.

-La composición interna de la comunidad o entidad sin personalidad jurídica sobre el inmueble.

-La cuota de participación de los cónyuges en los bienes o derechos comunes sobre el inmueble.

MODELO 902N. Tiene obligación de declarar ante el Catastro Inmobiliario si se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:

  • Nueva construcción, ampliación, rehabilitación, reforma,..
  • Podrá declararse la división horizontal y las modificaciones de titularidad relacionadas con las alteraciones anteriores.

MODELO 903N. Tiene obligación de declarar ante el Catastro Inmobiliario si se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:

  • Ha agregado o agrupado un inmueble.
  • Ha segregado o dividido un inmueble.
  • Ha realizado una división horizontal sobre un inmueble.

MODELO 904N. Tiene obligación de declarar ante el Catastro Inmobiliario si se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:

  • Cambio de cultivo o aprovechamiento de una parcela.
  • Modificación de uso o destino de un inmueble.
  • Demolición o derribo de un inmueble.

 Algunas de estas gestiones requieren ponerse en contacto con técnicos en la materia. En Entremuros podemos ayudarte, llámanos.