Gestiones catastrales
MODELO 901N. Tiene obligación de declarar ante el Catastro Inmobiliario si se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:
- Ha adquirido la propiedad de un inmueble (compra, herencia, donación…).
- Ha consolidado la propiedad de un inmueble (por extinción del derecho de usufructo de terceros sobre su inmueble).
- Ha constituido, modificado o adquirido un derecho real de:
-Usufructo.
-Superficie.
-Concesión administrativa.
- Ha constituido a favor de un tercero sobre el inmueble otro derecho real de disfrute, distinto de los anteriores, sometido a imputación de rentas inmobiliarias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Ha variado:
-La cuota de participación de la comunidad o entidad sin personalidad jurídica sobre el inmueble.
-La composición interna de la comunidad o entidad sin personalidad jurídica sobre el inmueble.
-La cuota de participación de los cónyuges en los bienes o derechos comunes sobre el inmueble.
MODELO 902N. Tiene obligación de declarar ante el Catastro Inmobiliario si se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:
- Nueva construcción, ampliación, rehabilitación, reforma,..
- Podrá declararse la división horizontal y las modificaciones de titularidad relacionadas con las alteraciones anteriores.
MODELO 903N. Tiene obligación de declarar ante el Catastro Inmobiliario si se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:
- Ha agregado o agrupado un inmueble.
- Ha segregado o dividido un inmueble.
- Ha realizado una división horizontal sobre un inmueble.
MODELO 904N. Tiene obligación de declarar ante el Catastro Inmobiliario si se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:
- Cambio de cultivo o aprovechamiento de una parcela.
- Modificación de uso o destino de un inmueble.
- Demolición o derribo de un inmueble.
Algunas de estas gestiones requieren ponerse en contacto con técnicos en la materia. En Entremuros podemos ayudarte, llámanos.